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Accidentes y Enfermedades

COVID-19 como enfermedad profesional: presunción y vigencia

La presunción legal que reconoció al COVID-19 como enfermedad profesional cambió la carga de la prueba para numerosos trabajadores. Qué sigue vigente hoy.

2 de abril de 20244 min de lectura

Durante la pandemia, la normativa reconoció al COVID-19 como enfermedad de carácter profesional respecto de determinados trabajadores, estableciendo una presunción que aliviana la carga de la prueba a la hora de reclamar prestaciones ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

Esa presunción no es automática ni eterna: depende de la actividad, de la fecha de contagio y de la documentación médica que acredite el nexo entre la enfermedad y la tarea desempeñada.

Consultoría médico-legal

Nuestro estudio ofrece consultoría médica laboral para evaluar si la patología sufrida obedece o no a la actividad laboral, situación que genera la obligación de acceder a prestaciones médicas y eventuales indemnizaciones a los fines de reparar el daño sufrido.

Alertamos, además, sobre las notificaciones de las Comisiones Médicas y de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo: los plazos son breves y una respuesta a destiempo puede comprometer el reclamo.

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